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Los concejales podrán sesionar en los diferentes barrios de Concepción del Uruguay

Desde ahora algunas sesiones especiales del Concejo Deliberante de Concepción del Uruguay se podrán concretar en diferentes barrios de la ciudad, y de esa forma podrán salir del cuarto piso de la Municipalidad. También podrán reunirse las comisiones permanentes.

Las sesiones especiales podrán ser solicitadas por un concejal, dando inicio al pedido mediante requerimiento formal y por nota a la presidencia del Concejo Deliberante adjuntando el Proyecto de Decreto. Luego deberá ser aprobado con mayoría especial de dos tercios de los presentes del Cuerpo en sesión. En ese Decreto se tiene que especificar el lugar, fecha y hora que se llevará a cabo la sesión especial.

Según el artículo dos de la ordenanza aprobada estas sesiones deben concretarse como mínimo una por cada período-; el lugar a sesionar podrá ser cualquiera de los barrios de la ciudad donde existan instituciones intermedias, clubes, establecimientos educativos, S.U.M. y/o cualquier otro espacio de interacción vecinal comunitario en el que sea factible poder llevar adelante una sesión que permita, además, la presencia de público presente.

El autor de la iniciativa, es el concejal justicialista  Juan Martín Garay.

Esta contemplado que se concreten durante el periodo de sesiones ordinarias, como así también posibilitar que las reuniones de las comisiones permanentes puedan conformarse y reunirse para dar tratamiento, a sus asuntos, en los ámbitos y lugares de la ciudad que estime conveniente, conforme a la temática de los temas a tratar y a requerimiento de su presidencia.

Esta iniciativa se llama “Vos y voz, el Concejo y tu barrio” y permitirá no sólo difundir la actividad del Concejo Deliberante, sino también educar en la práctica del sistema democrático representativo, y por tanto construir ciudadanía a partir del incentivo de participación haciendo aún más visible la tarea legislativa local.

Por este motivo, se modificará la Ordenanza N° 9969 referida al reglamento interno del  Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concepción del Uruguay e introducir la posibilidad de sesionar fuera del recinto bajo la denominación “Sesión Especial”.

 

PROYECTO DE ORDENANZA

Visto:
El “Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concepción del Uruguay” que en fecha 10 de julio de 2017 fue promulgado bajo la ordenanza nº9969; y...

Considerando:

Que el Artículo 95 inc. a) de la Ley 10.027 del Régimen Municipal de la Provincia de Entre Ríos establece que el Honorable Concejo Deliberante en el ejercicio de sus Atribuciones y Deberes debe sancionar el Reglamento Interno.-

Que en oportunidad de haberse dado tratamiento al proyecto que dio por resultado a la ordenanza nº9969 -“Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concepción del Uruguay”-, se abordó también un proyecto de Ordenanza mediante el cual se creía propicio abarcar una esfera no tenida en cuenta, la de incorporar en dicho Reglamento Interno la posibilidad de sesionar fuera del recinto, proyecto que no obtuvo despacho favorable y que perdió estado parlamentario.-

Que se entiende importante retomar esta iniciativa en la tarea Legislativa en el plano local al prever la eventualidad de sesionar en diferentes barrios y sectores de la ciudad durante el período de Sesiones Ordinarias, como así también posibilitar que las reuniones de las Comisiones Permanentes que integran el Honorable Cuerpo puedan conformarse en comisión y reunirse para dar tratamiento a sus asuntos en los ámbitos y lugares de la ciudad que estime conveniente, conforme a la temática de los temas a tratar y a requerimiento de su presidencia.-

Que se pretende promover de esta manera, no sólo la difusión de la actividad del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concepción del Uruguay sino, paralelamente, educar en la práctica del sistema democrático representativo y por tanto construir ciudadanía a partir del incentivo de participación haciendo aún más visible la tarea Legislativa Local.-

POR ELLO:
EL CONCEJAL JUAN MARTIN GARAY DEL BLOQUE DEL PARTIDO JUSTICIALISTA (F.P.V.) ELEVA EL SIGUIENTE PROYECTO DE ORDENANZA:

ARTICULO 1°: Modificar la ordenanza nº9969 -“Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concepción del Uruguay”- e introducir la posibilidad de sesionar fuera del recinto del HCD bajo la denominación “Sesión Especial”.-

ARTICULO 2°: Determinar que el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concepción del Uruguay deberá realizar dichas sesiones especiales en los períodos ordinarios -llevando adelante como mínimo una por cada período-; el lugar a sesionar podrá ser cualquiera de los barrios de la ciudad donde existan instituciones intermedias, clubes, establecimientos educativos, S.U.M. y/o cualquier otro espacio de interacción vecinal comunitario en el que sea factible poder llevar adelante una sesión que permita, además, la presencia de público presente.-

ARTICULO 3º: Establecer que las sesiones especiales podrán ser solicitadas por un Concejal dando inicio al pedido mediante requerimiento formal y por nota a la presidencia del HCD adjuntando Proyecto de Decreto, el que se tendrá por aprobado con mayoría especial de 2/3 de los presentes del Cuerpo en sesión, determinándose en dicho Decreto el lugar, fecha y hora que se llevará a cabo la Sesión Especial.-

ARTICULO 4º: Notificar y Comunicar con 15 días de antelación a los concejales y a toda la comunidad por los medios disponibles a tal efecto -redes sociales, medios digitales, gráficos, televisivos y radiales de la ciudad- de la convocatoria para la Sesión Especial bajo la denominación: “Vos y voz, el Concejo y tu barrio”.-

ARTICULO 4º: Efectúense las adecuaciones e imputaciones presupuestarias correspondientes para dar cumplimiento al normal desarrollo y desenvolvimiento de las sesiones especiales, incluyendo todos los gastos de traslado al personal administrativo, de servicios, de comunicación ciudadana y legislativos que se ocupen en estas sesiones.-

ARTICULO 5º: Facúltese a las Comisiones Permanentes a que, a requerimiento de su presidencia o de los miembros que la integren, las mismas puedan conformarse en comisión y reunirse para dar tratamiento a sus asuntos en los ámbitos y lugares de la ciudad que se estime conveniente, conforme a la temática de los temas a tratar.-

ARTICULO 6º: De forma.-

 

 

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