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Los supuestos fueros

Se ha instalado como una postverdad que la ex Presidenta no puede ser juzgada porque se parapeta tras los fueros. Desde el año 2000 los legisladores nacionales no tienen fueros, sino apenas un par de inmunidades harto necesarias para cumplir sus funciones. Cristina Fernández puede ser juzgada y condenada, según la ley  25.320 del año 2.000. Los jueces sabrán porque no lo hacen. Mientras tanto afirmaciones falsas y de mala fe inundan los medios de comunicación. Falsedades que se repiten tanto que hasta parecen verdades.

 

Por ANÍBAL GALLAY

 

Se repite insistentemente que la ex Presidenta Cristina Fernández no es  juzgada porque se ampara en sus fueros. Esto está lejos de la verdad. En la Argentina y desde el año 2.000 y por medio de la ley 25.320 los legisladores nacionales no tienen fueros.  Aunque se los sigue llamando fueros son en verdad inmunidades relacionadas con la función que se desempeña.

Como el bombardeo es constante sobre esta cuestión, habría que responder como es que el ex presidente Carlos Menem fue proceso, juzgado y condenado siendo senador nacional. ¿Y los fueros? No hay tales fueros.

Esa afirmación que la ex Presidenta “se ampara en los fueros” es una flagrante falsedad que no tiene sustento alguno, pero se la repite tantas veces por los medios que hasta parece una verdad.

Cristina podría perfectamente ser procesada (como lo está) y juzgada como otros ciudadanos o ciudadanas.

Inmunidad

Los legisladores tienen inmunidad de arresto. Esto quiere decir que no pueden ser arrestados, ni privados de la libertad, salvo que estén sorprendidos in fraganti. Que se los convoque a declarar no menoscaba su inmunidad de arresto como lo expresa la propia ley.

Esta inmunidad de arresto tiene como finalidad proteger la libertad del legislador. Sería muy sencillo impedir que un disputado o un senador asista a una sesión y vote, simplemente arrestándolo con cualquier excusa. Y después se lo deja en libertad, se pide disculpas alegando que fue un error.

La segunda inmunidad es la de opinión. Esto significa que un legislador no puede ser molestado por sus opiniones, afirmaciones y todo lo que se le ocurra decir. No pueden ser atacados por calumnias y/o injurias. Si un legislador ataca a otro y este se considera ofendido solicita una cuestión de privilegio en una sesión y todo termina ahí, aunque la Cámara puede sancionar a sus miembros por inconducta.

Otra afirmación que circula como una verdad es que la ex Presidenta no puede ser juzgada porque el Senado se niega a desaforarla y por lo tanto no puede cumplir la prisión preventiva. El sistema judicial argentino prevé que la prisión preventiva sea una excepción y las personas pueden ser juzgadas sin ningún obstáculo estando en libertad.  Entre los legisladores existe una suerte de consenso general en que el desafuero se lleve adelante cuando haya una sentencia firme. Firme quiere decir que ya no haya más posibilidades de presentar ningún recurso. En nuestro país se puede llegar hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aunque no es sencillo por los requisitos y además cuesta mucho dinero.

En el año 2.000 se sancionó la llamada “Ley de fueros” (25.320)  y en su artículo 1º expresa:

“Cuando, por parte de juez nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, abra una causa penal en la que se impute la comisión de un delito a un legislador, funcionario o magistrado sujeto a desafuero, remoción o juicio política, el tribunal competente seguirá adelante con el procedimiento judicial hasta su total conclusión.”

La cuestión puede complicarse si el acusado se niega a concurrir a declarar. En este caso el juez pedirá el desafuero para hacerlo concurrir con la fuerza pública. Este no es el caso de Cristina Fernández, quien se presentó a declarar toda vez que la citaron.

En conclusión deberá atenderse que no pueden arrestar a la ex Presidenta, pero pueden juzgarla y condenarla, si así lo estimaran los jueces. Si fuera condenada no podrían hacerle cumplir la pena por esa inmunidad de arresto ya mencionada. Pero cumplirá la pena una vez concluido su mandato. Otro camino es que los dos tercios del Senado decidan  quitarle las inmunidades siempre un cuando la sentencia este firme, según criterio ya consolidado.

Y en vista de todo ello porqué Cristina Fernández, a quien se le imputan delitos no ha sido aún juzgada. Solo los jueces lo saben. Pero no es difícil colegir que o no quieren, o no pueden, o no han colectado la suficiente cantidad de pruebas.

Esa afirmación que la ex Presidenta “se ampara en los fueros” es una flagrante falsedad que no tiene sustento alguno, pero se la repite tantas veces por los medios que hasta parece una verdad.

rubengallay@hotmail.com

 

 

 

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