En Aldea Brasilera, departamento Diamante, se realizó la audiencia pública en el marco de la causa que investiga los daños ocasionados por la empresa minera Cristamine en la parcela 24.856, en la cual se bloqueó el arroyo El Salto. Este encuentro fue un espacio donde vecinos, vecinas, activistas y organizaciones expusieron su parecer frente a una actividad “que pone en riesgo espacios de vida”, se indicó desde la fundación Cauce.
La instancia se llevó adelante el pasado 12 de septiembre en el marco del amparo ambiental iniciado por Cauce por la extracción ilegal de material minero en la parcela 24.856 y por la obstrucción del libre fluir del arroyo El Salto por parte de la empresa minera Cristamine. Desde la entidad ecologista insistieron que, “sin información transparente y sin escuchar a las comunidades, no hay decisiones ambientales legítimas”, afirmaron.
La audiencia se desarrolló en el Centro de Jubilados y Pensionados de Brasilera. Estuvieron presentes por la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos, el director General Legal y de Gestión Ambiental del Agua, Osvaldo Fernández; autoridades locales de Aldea Brasilera y Colonia Ensayo; integrantes de la empresa Cristamine, vecinos, vecinas de ambas localidades y de Paraná, organizaciones ambientalistas y trabajadores de la empresa.
La instancia forma parte de lo ordenado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos, que dispuso que la Ambiente provincial convoque a una verdadera participación ciudadana previo a otorgar Certificado de Aptitud Ambiental (CAA).
PUNTOS CRÍTICOS
En la audiencia, la abogada de Cauce, Valeria Enderle, expuso los puntos en conflicto que persisten en relación a la cuestionada explotación minera. En este sentido apunó que, dentro del Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (OTBN), la parcela 24.856 está categorizada como zona amarilla (Categoría II), lo que limita su uso a actividades sostenibles, turísticas o de investigación científica. “Esto significa que la minería no está permitida”, apuntó. La empresa negó esta clasificación, mientras que la Secretaría de Ambiente se comprometió a revisar la situación.
Enderle planteó además la ausencia de Estudio de Impacto Ambiental específico, y que “pese a los antecedentes de informes negativos, la explotación de la parcela se habilitó desde el área técnica sin ningún fundamento. No existe un estudio de impacto ambiental particular sobre la parcela 24.856, lo que vulnera la normativa vigente y los estándares de protección ambiental, establecidos por el Decreto provincial vigente y por la Ley General del Ambiente”, detalló.
Y por último, se abordó el riesgo sobre el arroyo El Salto. Se advirtió que la cava generada por la empresa mientras explotaba ilegalmente el lugar podría, de habilitarse la extracción de arena, generar una filtración que desvíe el curso del arroyo hacia la explotación minera, con la consecuente pérdida del caudal y un daño irreversible al ecosistema. La empresa negó este escenario, aunque la propia Secretaría de Ambiente lo había señalado previamente en otra instancia, apuntaron desde la ONG.
POLVILLO
Durante la jornada también se abordaron otras cuestiones, como el traslado del material hacia la planta de lavado a través del camino vecinal y el cruce del arroyo a través de Puente de Piedra; la preocupación por la exposición al polvo de sílice, frente a lo cual se solicitó implementar monitoreos comunitarios de la calidad del aire; los reclamos de vecinos y trabajadores vinculados al impacto económico y social de la paralización de la cantera.
Tras finalizar la audiencia, se dio a conocer que lo allí vertido fue registrado y el material estará disponible en la página oficial de la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos.
“Desde Fundación Cauce continuaremos monitoreando el cumplimiento de la sentencia del STJ exigiendo que se respeten las normativas ambientales, especialmente en lo que refiere a la protección del arroyo El Salto y al cumplimiento del Ordenamiento Territorial de Bosque Nativo”, finalizaron desde la entidad litigante.
Fuente: Era Verde.
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