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Entre Ríos autorizó un doble esquema de endeudamiento para 2026: bonos internacionales y letras de tesorería

El Gobierno de Entre Ríos definió su estrategia de financiamiento para el ciclo 2026 mediante la aprobación de dos programas de deuda diferenciados. Por un lado, busca financiamiento internacional para reestructurar pasivos y, por otro, instrumentos de corto plazo para cubrir baches estacionales de caja. Ambos decretos fueron publicados en el Boletín Oficial Nº 28.253.

El Gobierno de Entre Ríos definió su estrategia de financiamiento para el ciclo 2026 mediante la aprobación de dos programas de deuda diferenciados. Por un lado, busca financiamiento internacional para reestructurar pasivos y, por otro, instrumentos de corto plazo para cubrir baches estacionales de caja. Ambos decretos fueron publicados en el Boletín Oficial Nº 28.253.

El programa de Títulos "ER 2026" (largo plazo)

El Decreto 3678/25 aprueba la creación de un programa por un monto nominal de U$S 500.000.000. Este instrumento está diseñado para el mercado externo, permitiendo la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales extranjeros.

Entre sus características técnicas, el texto destaca que los títulos: "Tendrán un plazo estimado de vencimiento final de hasta diez (10) años" y contarán con un "plazo de gracia para la amortización de capital... mínimo de Cuarenta y Ocho (48) meses".

El objetivo declarado es la "restauración de la sostenibilidad de la deuda pública provincial", permitiendo incluso la "restitución al Tesoro Provincial de los fondos erogados" por pagos de deuda realizados durante el ejercicio 2025.

Programa de Letras del Tesoro (corto plazo)

Complementariamente, mediante el Decreto 3977/25, la Vicegobernación (en ejercicio del Poder Ejecutivo) autorizó el programa "Letras ER 2026" por un monto máximo en circulación de $ 152.812.734.800.

A diferencia de los bonos en dólares, estas letras tienen un fin operativo: "cubrir diferencias estacionales de caja dentro del ejercicio". El decreto especifica que: "El plazo de emisión de cada Serie/Clase no podrá ser mayor a los Trescientos Sesenta y Casi (365) días... pudiendo su reembolso trascender al ejercicio financiero".

Para estas operaciones en pesos, el Gobierno estableció límites en las tasas de interés. Por ejemplo, para títulos con ajuste CER, se fijó que la tasa de emisión no exceda en "300 pbs. respecto de la TIREA estimada de un instrumento de la República Argentina para el plazo similar".

Garantías y límites legales

Ambos programas comparten la misma garantía: la Coparticipación Federal de Impuestos. El Gobierno está facultado para otorgar un "mandato irrevocable" para que se retengan estos fondos y se apliquen directamente al pago de los servicios de deuda.

A pesar del volumen de las autorizaciones, los organismos de control técnico han dado el visto bueno:

Contaduría General: Indicó que la proyección de servicios "no afectan el límite Constitucional del 25% de las Rentas Provinciales".

Fiscalía de Estado: Dictaminó que existe "habilitación normativa suficiente dada por el legislador" (Leyes 11.209 y 11.234) para proceder con ambas operatorias.

Con este doble esquema, la provincia busca por un lado estirar los plazos de su deuda estructural en moneda extranjera y, por otro, garantizar la liquidez diaria mediante títulos de corto plazo en moneda local.

Fuente: APF Digital
 

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