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ARCA modificó el procedimiento de embargos y ejecuciones fiscales

Lo hizo a través de la Disposición 120/2025, publicada en el Boletín Oficial. El objetivo es generar certidumbre en los ciudadanos con procedimientos y plazos claros.

En orden a las políticas públicas implementadas por el gobierno nacional tendientes a facilitar el ingreso de los tributos y optimizar la cancelación de las obligaciones a cargo de los contribuyentes, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) decidió adecuar el plazo oportunamente estipulado para la traba de medidas cautelares, reconociendo un cambio de paradigma en el esquema actual de recaudación y brindando al ciudadano mayores facilidades para regularizar su situación fiscal.

El nuevo esquema establece que las medidas podrán ser diligenciadas recién 48 horas después del vencimiento del plazo para presentar excepciones.

¿Cuáles son los principales cambios establecidos?

● La norma brinda certidumbre en los ciudadanos con procedimientos y plazos clarosse otorga un margen de tiempo claro y formalizado al contribuyente para regularizar su situación antes de ser embargado.

● Plazo mínimo establecido: La medida cautelar solo podrá trabarse 48 horas después del vencimiento del plazo para presentar excepciones.

● Excepción con garantía de notificación: el representante fiscal puede solicitar la traba anticipada en aquellos casos en que la distancia entre la sede desde donde se emite la notificación y el domicilio del contribuyente exceda los 100 kilómetros, y contando con autorización judicial. En ese caso, deberá notificar previamente al domicilio fiscal electrónico del contribuyente el detalle de la deuda. En esta instancia, el contribuyente tendrá un plazo de cinco días para cancelar la deuda antes de que se haga efectiva la medida.

Cuadro comparativo

Acción

Antes

Ahora

Traba de embargo

Inmediata tras la demanda

Después de notificada demanda de ejecución fiscal.

Espera de 48 hs post-vencimiento de excepciones

Notificación previa obligatoria

No

Sí, si se aplica excepcionalmente la traba anticipada

Plazo para cancelar deuda

No especificado

Hasta 5 días luego de notificado la deuda tributaria al DFE

  • Plan de facilidades de pago

A través de un plan de facilidades de pago que estuvo vigente desde enero hasta el 31 de mayo de 2025, ARCA redujo en un 66% el total de deuda capital perteneciente a un universo determinado de contribuyentes. Se trata de obligaciones contraídas entre los períodos 2020 y 2024 por un total de $1.788 millones, importe que en la actualidad se vio reducido a $613.853 millones.

El resultado es producto de las acciones que ARCA viene llevando a cabo no solo con la puesta en marcha de estos planes de facilidades, sino a través del envío de comunicaciones al Domicilio Fiscal Electrónico de contribuyentes con deuda.

Entre febrero y abril del corriente año, el organismo informó sobre la vigencia de los planes a 3 sectores determinados con deudas estimadas en $809.753 millones:

  • En primer lugar, a sectores con deudas mayores o iguales a $20.000.000.

  • En segundo término, se enviaron comunicaciones a contribuyentes con deudas mayores o iguales a $7.000.000.

  • Por último, a quienes poseían deudas mayores o iguales a $2.200.000.

Como resultado de estas campañas, ARCA lleva recuperados $622.500 millones, es decir, casi un 77% del monto total adeudado.

 

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