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La Municipalidad local adhirió a la "Ley Micaela"

Con la presencia de los trece concejales se aprobó este jueves 19 de septiembre el proyecto de ordenanza por medio del cual la Municipalidad de Concepción del Uruguay adhiere a la Ley Nacional Nº 27.499 “Ley Micaela”, la cual ordena la capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los poderes del Estado Municipal.

Como antecedente el intendente José Lauritto había dictado el  Decreto N° 25.865, que establece el programa municipal de capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las personas que se desempeñen como dependientes de la Municipalidad de Concepción del Uruguay, en todos sus niveles y jerarquías.

Entre los considerandos de la ordenanza se destaca que “la violencia contra las mujeres de carácter sistemático en nuestras sociedades patriarcales, ha sido reconocida como un problema que afecta la igualdad, la paz, implica una violación a los Derechos Humanos y debe ser erradicada” y que “las leyes nacionales y los tratados internacionales de derechos humanos a los cuales el Estado Argentino ha adherido, reprimen la violencia y discriminación basadas en el género, y obligan a los Estados diseñar e implementar políticas públicas para su eliminación”.

 

 Consejo Asesor de Temática de Género

El artículo 2 de la Ordenanza se refiere a la creación, en el ámbito del Municipio de Concepción del Uruguay, de un Consejo Asesor en Temática de Género.

Este Consejo estará integrado por un/a representante de cada bloque del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad, un/a representante por el Consejo Municipal de la Mujer dentro del Municipio, y un/a representante por cada Organismo No Gubernamental con personería jurídica vigente, cuyo objeto social se refiera a contemplar la temática de género.

Los miembros del Consejo ejercerán funciones ad-honorem, pero sí contarán con autoridad para ejecutar partidas presupuestarias. Este Consejo estará emplazado en la Secretaria de Desarrollo Social y Educación del Municipio.

Dentro de su competencia está la generación y el control estadísticas sobre el tema en particular, la creación y divulgación de capacitaciones y formación en la temática de género, la comunicación y control de la asistencia a las capacitaciones del personal Municipal y en su caso solicitar las medidas correspondientes.

Por último, el Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá y garantizará las asignaciones presupuestarias necesarias para la implementación de las capacitaciones emergentes de esta Ordenanza.

 

 

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