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Paraná: La Justicia reconoció a un perro como “sujeto de derecho” y tendrá abogados que lo defiendan

La jueza de Garantías Nº de 3 de Paraná, María Gabriela Garbarino, reconoció a un perro, llamado Mateo, como “víctima” y “sujeto a derecho”. Fue al admitir su representación legal y hacer lugar al pedido de la Fundación “Mi Reino Por Un Caballo”, en el marco del legajo 209466 “G. C. S. S/ Infracción a la Ley 14.346 de protección animal”, a partir del cual se investigan delitos de crueldad perpetrados en su contra.

 

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Mateo es un perro de raza labrador, que a partir de la sentencia de la magistrada, tendrá representación legal, ya que Fernando Nicolás Di Benedetto y Cecilia Inés Domínguez, en nombre de “Mi Reino Por Un Caballo”, podrán actuar como parte querellante particular. Será en la causa en la que se investigan las lesiones que habría sufrido el animal, denunciadas oportunamente por la Fundación en el marco de la Ley 14.346, que establece penas para las personas que maltraten o hagan víctimas de actos de crueldad a los animales.

En su resolución la jueza Garbarino precisó que ante los casos “de crueldad y maltrato contra los animales, no hay dudas de que son éstos los directamente afectados por el delito, asignándoseles el carácter de ‘víctimas’. Sin embargo, al no encontrarse capacitados para ejercer por sí mismos sus derechos –continuó-, deviene necesario la acción de un representante”.

Además recordó al exministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), Eugenio Zaffaroni, quien sostuvo que “el bien jurídico protegido en el delito de maltrato de animales no es otro que el derecho del propio animal a no ser objeto de la crueldad humana, para lo cual es menester reconocerle el carácter de sujeto de derecho”.

La magistrada señaló que la admisión e intervención de entidades intermedias para que asuman la representación de los animales en el proceso penal contribuye con la transparencia del sistema, agiliza el descubrimiento de la verdad real de lo sucedido y posibilita así cumplir con el fin último del derecho penal.

“En conclusión, toda vez que el perro en cuestión, un animal no humano, especie cánido, raza labrador, de nombre Mateo, sin dueño, resulta ser incapaz de hecho, es que su representación legal deviene forzosa y necesaria”, afirmó Garbarino al hacer lugar al planteo de la Fundación.

Fuente: Poder Judicial de Entre Ríos.

 

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