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Suspendieron al profesional rosarino denunciado por abusar de tres menores uruguayenses

Hasta que haya sentencia. El denunciado dio clases en la UTN de Concepción del Uruguay.

 

 

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La Universidad Nacional de Rosario (UNR) donde trabajaba el psicólogo Enrique Barés como docente en Psicología, profesor de grado en las Facultades de Psicología y de Humanidades y Artes de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), “dispuso su suspensión preventiva” mientras actúa la Justicia en el caso de la denuncia en su contra por el abuso a tres jóvenes uruguayenses cuando aún eran niñas.

La resolución de la Facultad de Humanidades y Artes de la UNR.

Barés también estaba a cargo de varias maestrías la UNR, y se desempeñó en la Universidad de Buenos Aires (UBA) y la UTN Facultad Regional Rosario, fue secretario académico y secretario general de la UNR.

La resolución de esa casa de estudios, a la que tuvo acceso El Miércoles Digital, fue emitida este lunes 2 de agosto, como repercusión tras la denuncia publicada por este medio el sábado 31 de julio.

En el texto señalan que tras “la publicación en diarios de la vecina provincia de Entre Ríos, hemos tomado conocimiento de la denuncia presentada ante la Justicia contra Héctor Enrique Barés. Profesor jubilado de nuestra Facultad”.

Por esa situación consideran que “no podemos minimizar la gravedad de los hechos denunciados y que, si bien la Justicia no ha dictado sentencia definitiva, sostenemos la necesidad de proceder a desvincularlo preventivamente de todos los espacios académicos de nuestra Facultad”.

La resolución que tiene la firma del decano de la Facultad de Humanidades y Artes de la UNR, Alejandro G. Vila y la Directora General de Administración, Adriana Dana, resolvió “Disponer la suspensión preventiva del profesor Barés, Héctor Enrique, de todas las actividades académicas de esta Casa de Estudios”.

La denuncia

Los hechos sucedieron cuando las niñas contaban con 6 y 9 años de edad las dos hermanitas y 4 años la hija de quien fuera pareja del académico. Así se explica en el Legajo 4451/19 caratulado “Barés Héctor Enrique s/ abuso sexual gravemente ultrajante”.

“Tocamientos en la vagina por debajo de las ropas, mientras jugaba y les contaba cuentos a las niñas” (...) “en los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2001, en el domicilio de las víctimas”, en Concepción del Uruguay, “aprovechando el alojamiento brindado por el progenitor de las niñas, que alojó a Barés en el domicilio familiar debido a la amistad y relación laboral existente entre ambos”.

A Barés se lo acusa de “iniciarlas prematuramente en la vida sexual, corrompiéndolas, pervirtiéndolas, alterándolas psíquica y moralmente y desviando los cauces naturales del desarrollo sexual de las niñas”.
El delito que se le imputa es abuso sexual gravemente ultrajante en concurso con corrupción de menores agravada, tipificado en el artículo 125 párrafo 3ro del Código Penal.

La denuncia se realizó en Concepción del Uruguay en 2019 y recayó en la Fiscalía N.º3 del Ministerio Público Fiscal a cargo de Fernando Martínez Uncal, pero al asumir éste funciones de juez en la sala penal, continuó la investigación la fiscal Gabriela Seró.

Se tomaron numerosas medidas de prueba, entre ellas, la declaración de las tres víctimas; algunas testimoniales para dar cuenta a través de testigos de que el imputado quedó al cuidado de las niñas en varias ocasiones; se realizaron pericias psicológicas que, dada la gravedad de la afectación producida en las víctimas, provocaron el agravamiento de la imputación.

Según se explica en las actuaciones, en el caso de la tercera niña, “aprovechando la situación de convivencia con la niña en el domicilio de Concepción del Uruguay, en virtud de la relación de pareja entablada con la progenitora”, Barés la tocaba en sus partes íntimas y realizaba prácticas de sexo oral, con la misma metodología: mientras jugaba o le contaba cuentos.

Como se ve, y aunque las víctimas no se conocían entre sí, denunciaron hechos similares, con coincidencias en sus relatos: haber sufrido abuso sexual a través de juegos, cuentos y canciones infantiles, y cuando estaban ausentes padres o madres.

La resolución: Res. nro. 1317 2021 D

 

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