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Nueva prórroga al COTA: “Preocupación” y “desacuerdo” del Colegio de Arquitectos

La noticia llegó a fines de noviembre, casi de manera silenciosa pero con un impacto inmediato en el ambiente profesional: mediante el decreto 29.147, el intendente José Lauritto volvió a postergar la plena entrada en vigencia del Código de Ordenamiento Territorial y Ambiental (COTA). La decisión movilizó al Colegio de Arquitectos, que esta semana se presentó formalmente ante el Municipio para dejar asentada su “profunda preocupación y desacuerdo”.

REDACCIÓN de EL MIÉRCOLES

El COTA —el instrumento que debía modernizar la planificación urbana y ambiental de Concepción del Uruguay— permanece atrapado en una especie de limbo administrativo. Cada vez que se acerca su entrada en plena vigencia, aparece una nueva prórroga.

A fines de noviembre, mediante el decreto 29147, la gestión municipal que encabeza José Lauritto decidió “prorrogar por un plazo de tres meses la vigencia de la cláusula transitoria establecida por el artículo 4° de la Ordenanza Municipal N° 11.408, en cuanto autoriza el ejercicio del derecho de opción para acogerse a los términos de la Ordenanza Municipal N° 4527 y 10.495 o de la Ordenanza Municipal N° 11.408 y sus concordantes”.

Dicho más claramente: el nuevo Código de Ordenamiento Territorial y Ambiental, el COTA, sigue sin entrar en plena vigencia.

UN CÓDIGO QUE NO TERMINA DE NACER

El decreto que firma Lauritto desarrolla una serie de consideraciones a lo largo de tres páginas, en donde indica que la vigencia del COTA requiere “una sustitución normativa de carácter estructural” y que ese reemplazo de normas produce “una problemática clásica vinculada al tránsito entre ordenamientos sucesivos”.

Se argumenta luego que “el plazo originalmente establecido” en la cláusula transitoria “asoma como insuficiente”, porque “un número apreciable de presentaciones, trámites y proyectos” (que sin embargo no se cuantifica), se encuentran “en etapas de evaluación o de cumplimiento de los requisitos requeridos por la normativa anterior”. Se señala que por esa razón “resulta razonable evitar que su reubicación normativa genere perjuicios concretos”.

En los considerandos, llama la atención el espacio destinado a marcar que “esta situación no es nueva ni novedosa (sic) para el suscripto en el rol de titular del Departamento Ejecutivo del Municipio de Concepción del Uruguay”. Y se recuerda que en la primera gestión de Lauritto pasó algo similar con el Código de Ordenamiento Urbano, cuando “tuvo a su cargo la siempre compleja transición de un régimen normativo a otro”. E insiste: “Veinticuatro años después, la situación expuesta se reitera en idénticos términos (…) El suscripto nuevamente tiene a su cargo la transición de un régimen normativo a otro”.

El curioso lamento del intendente es el último argumento del decreto, aunque no se explicita por qué razón esa especie de “eterno retorno” conllevaría la necesidad de prorrogar nuevamente la vigencia plena del COTA.

PROFUNDA PREOCUPACIÓN”

Este viernes 5 de diciembre, el titular de la Regional Este del Colegio de Arquitectos y Urbanistas de la Provincia de Entre Ríos (Cauper) se presentó formalmente para expresar ante el Ejecutivo Municipal la “profunda preocupación y desacuerdo de los colegiados de la matrícula de la arquitectura” en relación con el decreto 29.147, que establece la prórroga del COTA.

El arquitecto Juan Carrozzo, presidente del Cauper, en esa misma presentación solicita información en ejercicio del derecho de Acceso a la Información Pública.

Facsímil de la presentación del Cauper en rechazo a la nueva prórroga.

La presentación, a la que tuvo acceso esta redacción, consta en el expediente 775452J. Alli el Colegio asegura que su “preocupación institucional” es porque se provoca “un escenario de inseguridad jurídica”. Esto es así, explica, porque “permitiría la aplicación excepcional y extemporánea del COU, un régimen normativo actualmente derogado tras la entrada en vigencia del COTA”. Y, en consecuencia, eso generará “plausibles diferencias de trato entre proyectos profesionales equivalentes, habilitando criterios dispares en la evaluación de expedientes y debilitando la estabilidad y coherencia normativa que debe orientar toda actuación urbanística”.

AFECTACIÓN PROFESIONAL

La presentación del Cauper asegura que la situación derivada tendrá “consecuencias directas para los profesionales de la arquitectura”, porque se verán obligados a proyectar y asumir responsabilidades técnicas “bajo reglas susceptibles de variar según factores ajenos al contenido técnico del proyecto”, como la fecha de inicio del trámite, el estado del expediente o la interpretación administrativa adoptada en cada caso.

Indican que todo ello afecta “de manera inmediata la previsibilidad del ejercicio profesional, vulnera el principio de igualdad ante la ley y compromete la función institucional que este Colegio tiene el deber de ejercer en la defensa del ordenamiento territorial, la igualdad ante la norma y la seguridad jurídica de la ciudad”.

Para los profesionales del rubro, implica asumir responsabilidades técnicas “en un contexto de incertidumbre”.

RETROCESO URBANÍSTICO Y AMBIENTAL

La entidad advierte además que la decisión representa “un retroceso urbanístico y ambiental para la ciudad, además de generar incertidumbre y falta de previsibilidad en los procesos de planificación”.

El COTA, recuerda la entidad, no es “una mera actualización del COU, sino un instrumento integral de planificación territorial y ambiental que incorpora nuevos indicadores urbanos, criterios de sostenibilidad, enfoques de preservación patrimonial y ambiental, regulaciones específicas para Áreas de proyectos urbanos especiales y de paisaje frágil, estudios de sensibilidad ambiental obligatorios”.

Este viernes 5 de diciembre, coincidiendo con la presentación del Colegio de Arquitectos, se cumplieron dos años exactos de la aprobación por unanimidad del COTA.

En cambio el COU como normativa carece de esas herramientas, lo que “podría debilitar la protección de los sectores ambientalmente sensibles, comprometiendo los estándares alcanzados y contradiciendo el principio de no regresión”, reconocido por la legislación vigente.

Esta regresión, indican desde el Cauper, “podría habilitar subdivisiones del suelo que ya habían sido corregidas por la normativa vigente, edificaciones en altura sin el debido resguardo de la morfología urbana y la protección patrimonial, y otros procesos de loconsolidación que contradicen el modelo territorial actualizado de la ciudad”.

REVIVEN “CLÁUSULAS CADUCAS”

El Concejo Deliberante tendrá que convalidar o rechazar el decreto. Por eso los arquitectos añaden que es “especialmente preocupante” que a través de un decreto como el 29.147, se pretenda “convalidar una prórroga” para un dispositivo normativo “que ya se encuentra extinguido por el mero transcurso del tiempo” y que “no puede ser reactivado una vez vencido”.

Es que la normativa transitoria caducó sin que la Administración municipal adoptara medidas al respecto. Se trata, aseguran, de “una decisión abiertamente irregular”, que intenta reinstalar “de manera extemporánea un régimen que ya no integra el ordenamiento local”.

Finalmente, recuerdan que el COTA surgió de un proceso de elaboración participativa, “en el que intervinieron colegios profesionales, universidades, organizaciones ambientales, vecinos y áreas técnicas municipales”. Ese proceso no sólo legitimó el contenido del nuevo código, sino que “permitió alcanzar consensos interdisciplinarios y territoriales que hoy forman parte del patrimonio normativo de la ciudad”.

Ese estándar participativo, advierten, no se replica en la decisión adoptada por el decreto 29.147. Y aseguran que modificar ese equilibrio “mediante decisiones unilaterales que no han sido acompañadas por fundamentos técnicos suficientes ni por una evaluación ambiental estratégica, podría debilitar los acuerdos construidos y afectar la continuidad de políticas territoriales basadas en criterios técnicos y no coyunturales”.

PEDIDO DE INFORMACIÓN

En base a todo lo expuesto, el Cauper pide que se brinde información pública sobre:

· todas las presentaciones, expedientes, trámites o proyectos que se encuentren acogidos al régimen transitorio

· copia de todos los antecedentes administrativos utilizados como fundamento en los expedientes alcanzados.

El listado deberá abarcar tanto el período transitorio original (que llegaba hasta septiembre de 2024) y como todos los expedientes iniciados desde esa fecha, así como los que estén comprendidos en la nueva prórroga que establece el decreto 29.147.

“El COTA se aprobó legítimamente, para ordenar, modernizar e introducir criterios ambientales que hoy corren el riesgo de quedar nuevamente desactualizados”, señaló la secretaria de la Regional Este, arquitecta Aldana Farabello.

SIN PARTICIPACIÓN

En un comunicado dado a conocer por el Cauper se remarca que “la ausencia de instancias de debate público contraviene principios de participación ciudadana consagrados en la Ley General del Ambiente, y abre una ventana normativa que puede generar situaciones de discrecionalidad, desigualdad entre profesionales y un precedente institucional preocupante.

El Colegio recuerda que el COTA vigente prevé sus propios mecanismos de actualización —con evaluación técnica, participación ciudadana y aprobación con mayorías especializadas—, “procesos que no pueden ser reemplazados por prórrogas excepcionales ya que altera la previsibilidad con la que deben trabajar profesionales, instituciones y ciudadanía”.

Para recordar qué es el COTA y por qué es importante (hacer click)

 

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