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Confirman la condena por abuso sexual contra el ex intendente de Gilbert

La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó la impugnación extraordinaria presentada por los defensores del ex intendente de Gilbert, Fabián Constantino (PJ). De esta manera, se confirmó la condena por abuso sexual de 14 años y medio de prisión, que el acusado ya cumple en forma domiciliaria. 

Constantino fue condenado por delitos contra la integridad sexual denunciados por tres mujeres de la localidad. El fallo en primera instancia tuvo lugar en marzo de 2023 por parte del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú. En agosto fue ratificado por la Cámara de Casación Penal de Concordia.

Ante ello, la defensa acudió al STJ sosteniendo que los camaristas María del Luján Giorgio, Evangelina Bruzzo y Darío Perroud habían incurrido en arbitrariedad por realizar un análisis superficial omitiendo el deber de agotar el esfuerzo de revisar todo lo posible.

También postularon que no existía certeza para demostrar el hecho delictivo que se le atribuye a Constantino y que, puntualmente, no se había podido acreditar el acceso carnal. A la par, cuestionaron el desempeño de la perito Marina Simón.

La Sala Penal -compuesta por Claudia Mizawak, Daniel Carubia y Gisela Schumacher- analizó lo expuesto por los defensores Mario Arcusin y Fabián Otarán, por el fiscal Lisandro Beherán y por el querellante Juan Ignacio Weimberg.

En la resolución con fecha 3 de abril a la que accedió Análisis, Mizawak opinó que “el embate defensista consiste en erosionar y denostar la credibilidad de las víctimas” y consideró que “la sentencia de casación se encargó exhaustivamente de verificar, controlar, auscultar y meritar”. También defendió el rol de la perito cuestionada.

“El tribunal ha abordado todos y cada uno de los planteos en torno al mérito de la prueba, cumpliendo así la garantía”, acotó. Luego, objetó las insinuaciones de la defensa respecto de que la sentencia fue “producto de una fuerte presión social de grupos feministas” y abundó en jurisprudencia en materia de perspectiva de género.

“La sentencia en crisis carece de los defectos que le fueran endilgados mediante el recurso de impugnación extraordinaria”, completó Mizawak y propició el rechazo del mismo. Carubia adhirió al voto y Schumacher se abstuvo.

 

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