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Desaparición de la familia Gill: rechazaron pedidos de las hijas de Goette y de Fiscalía

El juez de Garantías de Nogoyá, Gustavo Acosta, rechazó la pretensión de dos hijas del desaparecido productor rural Alfonso Goette de tomar parte en la causa que investiga la desaparición, en 2002, de la familia Gallego Gill. Goette, quien falleció en 2016, era titular del establecimiento rural La Candelaria, ubicado en Crucesitas Séptima, departamento Nogoyá, donde trabajaba Rubén Gill, y lugar de residencia con su mujer, Margarita Gallego, y sus cuatro hijos.

 

El 16 de enero de 2002 los Gallego Gill fueron vistos por última vez en un velatorio en la ciudad de Viale. Luego, fueron trasladados a La Candelario, pero entonces se pierde por completo y para siempre su paradero. La causa, caratulada “Gallego Margarita Norma y Otros s/ Averiguación de paradero”, se abrió cinco meses después, en mayo de 2002, y todavía sigue en trámite sin que se haya podido dar con ninguna pista.

Con representación de los abogados Pedro Fontanetto D`Angelo y Germán Palomeque, buscaron ser parte en la investigación y ejercer un control sobre las medidas que tome el Juzgado de Garantías de Nogoyá, en particular las excavaciones en La Candelaria, que han sido recurrentes, a la vez que criticaron las declaraciones públicas hechas a lo largo del tiempo por funcionarios judiciales y policiales que, a su entender, dañaron el honor de la familia, y en particular el de su padre.

En el escrito, Andrea Leonor Goette y María Silvina Goette, hijas de Alfonso Goette, señalan que “resulta a todas luces desmesurada e irracional la extensión en el tiempo de un proceso que carece de seriedad desde sus inicios, que no valora teorías alternativas y que pareciera seguir de manera sesgada una única línea investigativa, acompañada de imprudentes declaraciones de funcionarios de la administración de justicia y fuerzas de seguridad, las que en nada coadyuvan al esclarecimiento de los hechos pero que como contrapartida incentivan el escarnio público que silenciosamente ha soportado nuestra familia”.

Las hijas de Goette se presentaron ante el juez Acosta “a fin de poder tomar vista de las” actuaciones investigativas, y destacaron que en los veinte años de investigación del paradero de la familia Gill “han debido luchar con el misticismo (hasta un `vidente` se incorporó) y el secretismo de quienes han estado a cargo de la causa”. Y a través de sus abogados pidieron “tomar conocimiento” del proceso por cuanto se preguntan el por qué “del ensañamiento por parte de algunas personas, que habiendo incumplido con creces las obligaciones a su cargo, agravian a su familia en cada oportunidad que pueden”. Y consideraron  “justo que se les otorgue el acceso a las constancias incorporadas al expediente para así evaluar las medidas a tomar en salvaguarda de los hechos, la tranquilidad y el honor de la familia Goette”.

Cuando le dieron intervención al pedido de las hijas de Goette, la Fiscalía de Nogoyá no manifestó oposición. La encargada de plantear una escuetísima posición fue la fiscal Georgina Moreyra Savino, hija del exintendente justicialista de Nogoyá Jorge Moreyra Ghiglione, quien en el acto por el Día de la Memoria en 2022 enarboló la teoría de los dos demonios en el acto oficial convocado por la administración del intendente Rafael Cavagna (Juntos por el Cambio). «El estado de Derecho ha cumplido con creces con la investigación y en su caso condena de los delitos de lesa humanidad ejecutados por el gobierno militar y las bandas adherentes, pero hoy está en falta, no es posible que se deje pasar la investigación y condena de acciones terroristas como la muerte de 1.200 personas en la Argentina, o en el caso de los 4.200 atentados con armas y bombas y sus secuelas de daños fundados en algunos gobierno y que este tipo de delitos no se encuentran calificados como de lesa humanidad», dijo Moreyra Ghiglione, abogado, que entre 1983 y 1987 fue presidente del Concejo Deliberante de Nogoyá, y que en entre 2004 y 2009 integró el Jurado de Enjuiciamiento.

Quien sí se opuso y fundamentó posición fue el querellante en representación de la familia de Margarita Gallego, esposa de “Mencho” Gill, José Daniel Casas Gerber. Dijo que otorgarle participación a las hijas de Goette en la investigación judicial “afecta gravemente los principios procesales fundamentales”. Y advirtió que en el escrito, las hijas de Goette “se presentan como usufructuarias del Establecimiento Rural `La Candelaria`, un campo donde se han practicado innumerables actos procesales tendientes a investigar y esclarecer la desaparición de la familia Gill Gallegos, y pretenden sin justificar en nada más que en su derecho real incoado una participación procesal en autos”.

Casas Gerber observó que en el escrito “se plantean cuestiones ajenas a la presente causa, como ser presuntos delitos que afectarían al honor o a la moral de las presentantes, teniendo para ello remedios judiciales tales como las denuncias por calumnias e injurias a mano, desconociendo las razones de por qué no se han realizado”.

Luego de analizar la presentación, el juez Acosta le dio la razón al querellante particular al sostener que ninguna figura legal les podría dar participación a las hijas de Goette en la causa que investiga el paradero de los Gallego Gill. “Luego del análisis de la normativa aplicable al presente caso, se entiende que las peticionantes no pueden tener intervención en el presente proceso penal ya que no solo revisten el carácter de hijas de un testigo, Alfonso Goette, quien prestó declaración testimonial” el 14 de agosto de 2002, fallecido luego el 16 de junio de 2016. “El mencionado (por Goette) nunca revistió el caracter de imputado o procesado por delito alguno en la presente causa. Asimismo, el carácter de usufructuarias de un inmueble rural no colma los requisitos para la legitimación procesal pretendida”.

Tampoco se encuentran las hijas de Goette, subrayó el magistrado en su resolución, “en situación de sospecha, que le genere derecho procesal alguno para intervenir en las presentes actuaciones. Se concluye que no pueden ser parte en el presente proceso”. Respecto a los cuestionamientos a los dichos de funcionarios judiciales y policiales en torno al caso Gill que pudieran afectar el honor de la familia Goette, el juez le dio la razón al querellante en el sentido de que “el ordenamiento jurídico prevé diversas vías procesales de diferente índole para su protección”.

Respecto al cuestionamientos a que la investigación penal ha seguido una única línea, descartando caminos alternativos, el juez responden que “de los 18 cuerpos de expedientes, surgen que se han investigado otras líneas” y “consecuentemente sustanciado múltiples medidas relativas a la posibilidad de que hayan trasladado a otro lugar, sea provincia o país, dando todos esos viajes y rastrillajes resultados negativos”. Y apunta: “Relativo al plazo en el cual se ha desarrollado la investigación, en primer término al no haber aún imputación alguna, relativa a algún delito del Código Penal, no se genera plazo de prescripción para extinción de acción penal inherente a cada tipo penal que pueda condicionar y establecer un límite temporal”.

La apertura formal de la causa se dispuso el 30 de mayo de 2002, cuatro meses después de la desaparición de seis personas, los padres y sus cuatro hijos. En la causa, se investiga “la búsqueda y paradero de una familia completa”, compuesta por Rubén José Gill (nacido el 14 de abril de 1947); su esposa, Margarita Norma Gallego (nacida el 29 de mayo de 1976); y sus hijos, María Ofelia Gill (nacida el 16 de octubre de 1960), José Osvaldo Gill (nacido el 27 de junio de1992), Sofía Mercedes Gill (nacida el 30 de septiembre de 1994), y Carlos Daniel Gill (nacido el 25 de junio de 1994). Todos ellos residían en la Estancia La Candelaria, propiedad de Alfonso Fernando Goette, ubicada en Crucesitas Séptima, departamento Nogoyá.

La desaparición de los Gallegos Gill, dice Acosta, data de hace 24 años “ya que fueron vistos por última vez en la ciudad de Viale, departamento Paraná, de la provincia de Entre Ríos, el día domingo 13 de enero de 2002, en instancias de concurrir a un velorio y posteriormente fueron trasladados a dicho establecimiento rural en horas de la tarde y desde ese momento no hay más rastros ni pistas de esta familia”.

Fuente: Análisis.

 

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