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PARA ESTE AÑO

Impuestos de las embarcaciones: estos son los nuevos valores de referencia

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) aprobó las nuevas tablas de valores referenciales para embarcaciones deportivas y de recreación que regirán durante el período fiscal 2026.

 

La medida quedó oficializada a través de la resolución Nº 200/2026 en el Boletín Oficial y establece las valuaciones que se utilizarán como base para calcular el impuesto provincial que deben abonar los propietarios de estos bienes.

La actualización se realizó en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 275º del Código Fiscal, que faculta al organismo a asignar un valor anual a cada embarcación teniendo en cuenta diversos parámetros, como el precio de compra, los valores de mercado, las tasaciones registradas ante la Prefectura Naval Argentina y el valor asegurado del bien.

Desde ATER indicaron que la medida busca adecuar las valuaciones a la realidad económica actual y reemplaza los montos que se encontraban vigentes desde la resolución Nº 275/2025.

Qué cambia y cómo impactará en los contribuyentes

Las nuevas tablas no implican la creación de un impuesto adicional ni una modificación de las alícuotas vigentes. Sin embargo, sí constituyen la base imponible sobre la cual se calcula el tributo correspondiente a las embarcaciones deportivas y de recreación.

La normativa también establece que, en aquellos casos en que no sea posible determinar el valor real de una embarcación o de su motor, o cuando el contribuyente no presente la documentación respaldatoria requerida, ATER podrá utilizar directamente estos valores referenciales para efectuar la liquidación del impuesto.

Las valuaciones regirán durante todo el ejercicio fiscal 2026 y alcanzarán a lanchas, motos de agua, veleros y demás embarcaciones deportivas o recreativas registradas en la provincia.

Los nuevos valores de referencia

Entre las principales actualizaciones, las motos náuticas de hasta 95 HP tendrán una valuación referencial de $7.709.900, mientras que aquellas que superen esa potencia serán consideradas en $12.042.800.

En el caso de las embarcaciones a motor, los valores irán desde $4.778.400 para las unidades de hasta cinco metros de eslora y hasta 40 HP, hasta $143.231.000 para las que superen los 14 metros de longitud.

Por su parte, los veleros tendrán valuaciones que oscilarán entre $8.947.400 para las embarcaciones más pequeñas y $122.221.000 para aquellas de más de 14 metros de eslora.

El detalle de las nuevas valuaciones es el siguiente:

Motos náuticas

  • Hasta 95 HP: $7.709.900.
  • Más de 95 HP: $12.042.800.

Embarcaciones a motor

  • Hasta 5 metros de eslora y hasta 40 HP: $4.778.400.
  • Hasta 5 metros y de 40 a 90 HP: $6.689.100.
  • Hasta 5 metros y más de 90 HP: $11.454.300.
  • Más de 5 y hasta 7 metros: $21.000.000.
  • Más de 7 y hasta 9 metros: $38.196.400.
  • Más de 9 y hasta 11 metros: $52.523.900.
  • Más de 11 y hasta 14 metros: $74.482.100.
  • Más de 14 metros: $143.231.000.

Veleros

  • Hasta 5 metros: $8.947.400.
  • Más de 5 y hasta 7 metros: $14.359.400.
  • Más de 7 y hasta 9 metros: $17.986.100.
  • Más de 9 y hasta 11 metros: $28.647.300.
  • Más de 11 y hasta 14 metros: $58.669.600.
  • Más de 14 metros: $122.221.000.

Motores para veleros

  • Menor a 20 HP: $1.433.300.
  • 20 HP: $1.832.600.
  • Por cada HP adicional (más de 20): $49.060.
 

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