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Suspendieron la audiencia de elevación a juicio de la causa de Allende por amenazas contra la ministra Velázquez

El ex diputado provincial por el PJ y titular de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), José Ángel Allende, deberá seguir esperando para saber si es llevado a juicio por el presunto delito de amenazas en contexto de violencia de género contra la ministra de Salud, Sonia Velázquez.

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Este miércoles se realizó una audiencia ante el juez de Garantías de Paraná, Mauricio Mayer, quien resolvió rechazar planteos de nulidad de los defensores de Allende. Sin embargo, concedió el recurso de apelación por lo que la audiencia para definir si se eleva el expediente a juicio fue suspendida.

En la sala estuvieron, además del juez, los defensores de Allende, Leopoldo Lambruschini y Maximiliano Rusconi; el fiscal Leandro Dato y la abogada querellante Fernanda Vásquez Pinasco. Allende siguió el trámite a través de videconferencia.

 La discusión sobre el hecho

El magistrado rechazó los planteos de los defensores de Allende, quienes en una audiencia anterior solicitaron la nulidad de la acusación descripta por la Fiscalía. A su vez, convalidó la acusación del Ministerio Público Fiscal contra el exdiputado provincial y subsumió sus acciones en el delito de amenazas simples.

Una de las discusiones en este caso es qué delito se le debería endilgar a Allende. El fiscal de la Unidad de Violencia de Género, Leandro Dato, lo imputó por amenazas simples en contexto de violencia de género. Sin embargo, esto fue rechazado por el juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones, Elvio Garzón, el jueves 29 de julio de 2021.

Ministra Sonia Velázquez.

Entonces, Garzón rechazó un acuerdo de juicio abreviado -en el que se incluían otros expedientes, como el de enriquecimiento, negociaciones incompatibles y amenazas a un periodista- y consideró que el delito que le cabía al ex legislador en el caso de la denuncia de la ministra era el de coacciones agravadas. «Luce patente que tal como está descripta la conducta de Allende,  nos encontramos frente al delito de coacciones y no de amenazas simples, ya que claramente se imputa amenazas para obligar a otro a hacer algo en contra de su voluntad», decía por entonces Garzón.

Lo cierto es que ese abreviado no prosperó y cada legajo judicial comenzó un nuevo camino por separado. En la audiencia de hoy, el juez de Garantías Mayer tuvo una opinión diferente a la expresada por Garzón: consideró que el delito por el que debe ser juzgado Allende es amenazas simples y no coacciones.

«La convalidación del hecho permite que este proceso avance en un plazo razonable tendiente a definir la situación procesal del enjuiciado. Así, se evita la posibilidad de que el Ministerio Público Fiscal produzca una corrección que agrave la presente acusación y perjudique la situación actual del imputado», explicó el juez.

Y en relación a la calificación legal, sostuvo: “Entiendo que la tipicidad del hecho descripto es amenazas simples, dado que las amenazas lo que hacen es menoscabar el ámbito de libertad en donde el individuo decide”.

Según publicó Entre Ríos Ahora, tras su resolución los abogados Lambruschini y Rusconi anunciaron que presentarán un recurso de apelación puesto que consideran que los hechos descriptos por la Fiscalía no constituyen delitos.

La segunda etapa de esta audiencia donde se discute la elevación a juicio era que las partes acuerden el material probatorio y los testigos que llevarán a debate, pero ello no se dio porque la defensa anunció que apelará la resolución de Mayer en cuanto al rechazo a sus pedidos de nulidades.

Así, la audiencia de remisión de la causa a juicio fue suspendida y se esperará la resolución del Tribunal de Apelaciones en cuanto al hecho descripto que se le endilga a Allende, lo que jurídicamente se denomina “la plataforma fáctica”.

 

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