La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó este jueves 3 de septiembre los recursos extraordinarios que habían presentado el exgobernador Sergio Urribarri, el exministro de Cultura y Comunicación Pedro Báez y el cuñado del exmandatario, Juan Pablo Aguilera, y dejó firme la condena que la Justicia entrerriana les impuso en la Megacausa por delitos de corrupción.
Los tres deberán regresar a la Unidad Penal de Paraná para cumplir la pena. En la misma resolución, dictada en el expediente CSJ 2226/2024, el máximo tribunal rechazó también los planteos de Gerardo Caruso, Corina Cargnel, Emiliano Giacopuzzi y Luciana Almada, con lo que la totalidad de las condenas del megajuicio quedó firme. Al parecer, desde el Ministerio Público Fiscal solicitaron la "detención inmediata" de los tres condenados por "posible peligro de fuga".
El fallo de la CSJ, de apenas un párrafo, declara inadmisibles los recursos que el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos había concedido parcialmente el 22 de octubre de 2024, por aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, la herramienta que le permite a la Corte rechazar un recurso sin tratar el fondo del asunto. Los tres ministros coincidieron en la decisión.
La sentencia fue dictada el 7 de abril de 2022 por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, integrado por José María Chemez, Elvio Garzón y Carolina Castagno, que condenó a Urribarri a ocho años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por negociaciones incompatibles con la función pública, peculado y defraudación a la administración pública. Báez y Aguilera recibieron seis años y seis meses. Los fiscales Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Francisco Ramírez Montrull habían pedido doce años para el exgobernador y estimaron el perjuicio al Estado provincial en más de siete millones de dólares. Urribarri era en ese momento embajador argentino en Israel y Chipre, cargo al que renunció tras conocerse el veredicto.
La Megacausa reunió tres expedientes. El primero, la pauta publicitaria oficial adjudicada a Global Means, la empresa de Germán Buffa, cuando la firma no tenía existencia real ni figuraba en el registro de proveedores del Estado. El segundo, la llamada causa de las imprentas, por la que Tep SRL y Next SRL, atribuidas a Aguilera, concentraron durante cinco años el negocio de la cartelería en vía pública. El tercero, el Sueño Entrerriano, que englobó la solicitada contra los fondos buitre, el parador playero en Mar del Plata de 14 millones de pesos y el pago de 28 millones a la productora Nelly Entertainment por tres spots de la Cumbre del Mercosur de 2014: dineros públicos puestos al servicio de la fallida candidatura presidencial de Urribarri.
El recorrido hasta la firmeza fue largo. La Cámara de Casación Penal ratificó las condenas en mayo de 2023 y en abril de 2024 la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia rechazó las quejas de las defensas, con lo que las sentencias quedaron firmes en la provincia. En septiembre de ese año, el tribunal de juicio rechazó por mayoría la prisión de los condenados y les impuso restricciones: fijar domicilio, presentarse semanalmente en Fiscalía, entregar los pasaportes y una caución de 20 millones de pesos cada uno. Pero en octubre de 2024 el propio STJ, con los votos de Gisela Schumacher y Germán Carlomagno y la disidencia de Miguel Ángel Giorgio, concedió los recursos extraordinarios federales y habilitó la llegada a la Corte, incluso para Báez, cuya defensa no había hecho la reserva del caso federal.
Ese mismo noviembre, a pedido de la Fiscalía, Casación dispuso las prisiones preventivas. Urribarri y Aguilera ingresaron a la Unidad Penal de Paraná el 22 de noviembre de 2024 y permanecieron allí hasta el 8 de enero de 2025, cuando el STJ en feria ordenó su libertad; Báez quedó con prisión domiciliaria y con tobillera electrónica en su casa quinta de calle Jozami. Urribarri quedó con una perimetral para no poder salir de Concordia y Aguilera tampoco podía salir de Paraná, aunque luego decidió estar en Arroyo Barú, su poblado, donde tenía las mismas limitaciones. En junio de 2025, el mismo tribunal le negó al fiscal Leandro Dato la posibilidad de discutir esa excarcelación ante la Corte. El recurso de queja de las defensas comenzó a moverse en el máximo tribunal en octubre de 2025 y se resolvió hoy, poco después de las 13.
Con esta decisión, Urribarri pasa a la historia no sólo como el primer gobernador entrerriano reelecto en forma consecutiva, sino como el primero en cumplir una condena de prisión por corrupción con sentencia firme en las cuatro instancias.
Las otras causas, en paralelo
La condena que hoy quedó firme no debe confundirse con los otros procesos que Urribarri tiene pendientes, en los que no hay sentencia. El más antiguo es el de enriquecimiento ilícito, que nació de una publicación de ANÁLISIS en noviembre de 2015 sobre el crecimiento patrimonial del exgobernador y su grupo familiar, sin relación con sus ingresos como funcionario.
Dos semanas después, los abogados Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet la convirtieron en denuncia penal ante el procurador Jorge García. La pericia contable del Ministerio Público Fiscal estableció que entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2015 Urribarri incrementó su patrimonio en 1.546.772 pesos, 7.245.441 dólares y 16.300 euros sin poder justificarlo, con el empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros como presunto testaferro. Los fiscales Yedro y Badano pidieron cinco años y seis meses de prisión para el exgobernador y cinco para Cardona Herreros. Las audiencias de remisión a juicio se desarrollaron entre marzo y abril de este año ante el juez de Garantías Mariano Budasoff y el debate oral se prevé para el año próximo.
Está además la causa Coimas, originada en una denuncia de ANÁLISIS de 2017 por el favorecimiento sistemático a la firma RELCAT, de Cardona Herreros, en contratos de software para la administración provincial. Ya fue elevada a juicio, con un pedido fiscal de diez años de prisión, y el STJ dejó expedito el debate el 8 de mayo pasado, aunque todavía no tiene fecha.
Báez, por su parte, tiene pendiente la elevación a juicio de su propia causa por enriquecimiento ilícito, abierta en 2016, con un pedido de cinco años de prisión.
Aguilera y la causa de los contratos truchos
Aguilera, además, es uno de los dieciocho acusados que irán a juicio oral en la causa de los contratos truchos de la Legislatura, el mayor desfalco documentado en la historia reciente de Entre Ríos: entre enero de 2008 y el 20 de septiembre de 2018 se desviaron unos 53 millones de dólares a través de contratos de locación de obra con personas que nunca prestaron servicio alguno al Estado, primero en el Senado y, desde diciembre de 2011, también en Diputados. Los contratistas cobraban una parte ínfima de los honorarios y el resto quedaba en manos de la organización. El anexo del expediente enumera 796 contratistas de papel.
La causa se destapó el 20 de septiembre de 2018, cuando un procedimiento policial en un cajero del Nuevo Banco de Entre Ríos sorprendió a Flavia Beckman, Hugo Mena y Esteban Scialocomo extrayendo dinero con tarjetas de débito ajenas. Ocho años después, el 17 de julio de 2026, la jueza de Garantías Marina Barbagelata firmó el auto de apertura a juicio, tras el requerimiento de los fiscales Patricia Yedro, Ignacio Aramberry y Gonzalo Badano, que calificaron los hechos como asociación ilícita en concurso real con peculado, en modalidad de delito continuado. Sólo la Fiscalía ofreció 441 testigos.
Según la acusación, el dinero recaudado en la calle subía por la escalera de la organización hasta el empresario ganadero Alfredo Bilbao, que oficiaba de administrador general, deducía gastos y comisiones y entregaba el neto primero a Juan Domingo Orabona, hasta diciembre de 2011, y después a Juan Pablo Aguilera y a otras personas hasta el momento desconocidas. Aguilera, secretario coordinador del Senado provincial entre diciembre de 2011 y abril de 2014 y empleado de planta permanente de esa Cámara, es ubicado por los fiscales como receptor final del producido durante siete años y como uno de los principales recaudadores del esquema, al igual que su cuñado Alejandro Almada, empleado de Diputados. Para Aguilera la Fiscalía estimó una pena de 16 años de prisión, la segunda más alta después de los 18 años pedidos para Gustavo Pérez, exdirector general de Administración del Senado; para Almada, 10 años. La defensa de ambos está a cargo de Miguel Ángel Cullen.
Urribarri no está imputado en ese legajo, pero su nombre atraviesa la acusación: en la descripción del primer hecho, la Fiscalía sostiene que Sergio Cardoso, director administrativo contable de Diputados, actuó siguiendo expresas instrucciones del entonces presidente del cuerpo, Sergio Urribarri, para exigirles a tres diputados la firma de al menos diez contratos apócrifos cada uno. El exgobernador era considerado uno de los principales jefes políticos del grupo. En el juicio deberá sentarse en la sala, por ahora, en calidad de testigo, ofrecido por la defensa de Bilbao.
Su imputación recién llegará en la causa Contratos II, que el Ministerio Público Fiscal abrió el 23 de noviembre de 2025 con la firma de Aramberry y Yedro para investigar a quienes tuvieron responsabilidad política durante el desfalco. En marzo de 2026 fueron citados a comparecer, para que presenten abogados, los exvicegobernadores Adán Bahl, José Cáceres y Eduardo Lauritto y los expresidentes de la Cámara de Diputados José Allende y Sergio Urribarri. La entonces procuradora adjunta Cecilia Goyeneche había explicado en 2021 que el caso se dividió en dos por una cuestión de supervivencia: la primera parte no alcanzó a los funcionarios políticos y llegó hasta el cuñado de Urribarri.
Fuente: Análisis
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