María Alejandra Camisassa es pareja del imputado Jorge De Breuil y comparte bienes con su marido. No está acusada formalmente en el marco de la causa de los “contratos truchos” de la Legislatura ni se la investiga como parte de la maquinaria que funcionó durante una década, y detrajo millones de dólares de las arcas públicas de Entre Ríos. Pero sí, al igual que otras parejas de imputados (Luciana Almada, Julia Vainstein, Sandra Marozzini, y Micaela Banegas), tuvo una especie de rol pasivo porque a su nombre figuran bienes que, según la hipótesis del Ministerio Público Fiscal (MPF), son producto del ilícito.
Por eso, inicialmente la Justicia inmovilizó cuentas bancarias a su nombre y el 50 por ciento que posee en copropiedad con Jorge de Breuil sobre cuatro departamentos de un fideicomiso de calle Alsina N° 869 de Paraná. La media cautelar se aplicó también sobre bienes de las otras esposas o familiares de imputados. Es que, por ejemplo en ese proyecto inmobiliario, concurren todos los imputados y algunos de sus familiares, según han venido alertando los fiscales.
Durante el devenir de la investigación, Camisassa que no tiene abogado defensor porque no está formalmente investigada pero sí vinculada al hecho, designó un abogado que represente sus intereses. A ese rol lo está desempeñando el ex camarista en lo Contencioso Administrativo de Paraná, Hugo González Elías. El ex juez ha planteado una serie de reclamos para que levanten la medida cautelar que pesa sobre los bienes que están a nombre de Camisassa. Y en esa labor, ha conseguido que le morigeren la disposición.
Primero se había ordenado una inhibición general que pesó sobre la persona, y después pasó a ser un embargo sobre cuentas bancarias y el 50 por ciento de cuatro departamentos. Ahora, según resolvió este lunes la jueza de Apelaciones Carolina Castagno, el embargo se levantó sobre las cuentas y quedó dispuesto sólo sobre las unidades funcionales de calle Alsina.
Castagno entendió que el recurso planteado por el abogado resultó apropiado y reunió las exigencias establecidas por la ley. Sin embargo la acción que inició por un “hecho nuevo” que fue la prohibición de acceso de la mujer a su cuenta de débito donde depositan su jubilación, quedó enmendada dado que se debió a un error que se corrigió de inmediato. “De ese agravio se expande pretensión a que se revise toda la medida cautelar”, recordó Castagno y sostuvo que Barbagelata delimitó de modo “acertado” la controversia. “La única finalidad es asegurar aquello que el decomiso alcanza, esto porque hubo un acuerdo”, resaltó, en relación a individualizar los bienes y trabar la medida sobre los bienes y no sobre la persona.
En el análisis sobre la decisión judicial de la instancia anterior, Castagno mencionó que quedó expuesto que la cautelar se trabó sobre “patrimonios confundidos”. “La confusión patrimonial no reposa en la mera presunción sino en elementos concretos que surgen del devenir de investigación”, admitió. En este aspecto es necesario recordar que, según la investigación fiscal, la adquisición del 50 por ciento de cuatro departamentos de calle Alsina por parte de Alejandra Camisassa, se realizó con un crédito de la empresa Sandebus SA (también propiedad del matrimonio). Y que ese crédito resultó de un aporte extraordinario que recibió la empresa y sobre el que no se conoce el origen.
No es el único movimiento de fondos sospechoso para los fiscales. Así como ese, los representantes del Ministerio Público Fiscal tienen antecedentes de un préstamo que le hizo Camisassa a su marido que, aparentemente, excedió los límites de las posibilidades de la mujer. Los investigadores también guardan correos electrónicos entre los imputados en los cuales se plantea abiertamente cómo justificar ingresos.
“Al valorar la magistrada todos esos elementos, tuvo por configurada la verosimilitud del derecho”, subrayó Castagno que controló la decisión de Barbagelata. “La reseña de la jueza da cuenta de una motivación exhaustiva. Se alejó de los supuestos encuadrables en la doctrina de arbitrariedad, es decir como si fueran actos de puro poder. La jueza atendió el pedido del defensor”, añadió. Y más adelante señaló: “No se advierte arbitrariedad, la resolución es ajustada a derecho, razonable y proporcional. A excepción del embargo preventivo dispuesto sobre las cuentas”. “El embargo preventivo sobre las cuentas bancarias no es consecuente. Se impone que se deje sin efecto, teniendo en cuenta lo que manifestó la Fiscalía, su desinterés respecto de las cuentas bancarias, a diferencia de los inmuebles”.
Por eso Castagno hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por González Elías, y en consecuencia revocó el embargo preventivo sobre cuentas bancarias de María Alejandra Camisassa, aunque mantuvo lo decretado sobre la porción de titularidad de los departamentos de calle Alsina, en condominio con Jorge de Breuil
Investigación
La causa investiga una sofisticada estafa al Estado provincial calculada en unos 53 millones de dólares, ocurrida entre los años 2008 y 2018. Según la investigación fiscal, la maniobra consistía en la utilización de contratos truchos en ambas cámaras legislativas.
El esquema delictivo habría contado con la intervención de: funcionarios públicos y empleados de jerarquía de la Legislatura; dos estudios contables encargados de la ingeniería financiera; y ciudadanos externos dedicados a reclutar “prestanombres”, falsificar firmas y endosar cheques.
Se estima que la millonaria suma sustraída de las arcas públicas fue desviada hacia inversiones privadas, principalmente en los sectores inmobiliario y agropecuario.
Los fiscales que están a cargo son Ignacio Aramberry, Patricia Yedro y Gonzalo Badano. Los abogados que intervienen son Damián Petenatti e Iván Vernengo en representación del imputado Alfredo Bilbao; José Velázquez, abogado defensor de los imputados Flavia Beckman y Hugo Mena; Tomás Vírgala, defensor de Ariel Faure; Pablo Hawlena Gianotti y Hugo González Elías, ambos representan a Jorge De Breuil. Miguel Cullen, por su parte, defiende a los imputados Gustavo Hernán Pérez, Alejandro Almada, Juan Pablo Aguilera, Hernán Díaz, Marta Pérez, Pedro Opromolla y Maximiliano Degani.
De los 32 imputados inicialmente en el legajo quedaron 18, porque 12 accedieron a suspensiones de juicio a prueba, Esteban Scialocomo acordó un juicio abreviado; y el contador Gustavo Falco fue sobreseído. De modo que, además de Bilbao, Beckman, Mena, Faure, De Breuli, Pérez, Almada, Aguilera, Díaz, Marta Pérez, Opromolla y Degani, también están imputados Sergio Esteban Cardoso; Diego Martín Pagnoni; Mariano Speroni; Juan Domingo Orabona; Jorge Fabián Lazzaro; y José Javier Schneider
A mediados de abril de 2025, quienes accedieron a probation fueron María Victoria Álvarez, Verónica Caíno, Alejandro Ferreyra, María Macarena Álvarez, Fernando Gastón Sarnaglia, Andrea Demartín, Nicolás Beber, Renato Mansilla, Guido Krapp, Jorge Pablo Balladares y Jazmín y Giselle Mena Gioveni.
La causa fue remitida a juicio oral los primeros días de julio.
Fuente: Análisis
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