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Anularon la sentencia contra los policías sediciosos de Concordia

La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió anular la sentencia contra un grupo de policía acusados de sedición y otros delitos por los hechos ocurridos en la ciudad de Concordia a fines de 2013.

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Las penas dispuestas contra 17 efectivos fueron de entre tres y cuatro años de prisión. Las defensa presentaron una impugnación y ahora el fallo fue rechazado por los vocales Daniel Carubia, Claudia Mizawak y Miguel Ángel Giorgio y deberá ser revisado, según indica la sentencia.

La sentencia del alto cuerpo, que se conoció este viernes, dispone “hacer lugar a las impugnaciones extraordinarias” interpuestas por Juan Manuel Rosas, Hugo Troncoso, Romeo Valdez, José Troncoso, Ricardo Paredes, Horacio Imaz, Luis Gómez, Carlos Zaragoza, Leandro Countinho, Daniel Chávez, Carlos Rosas, Maximiliano Paredes, Juan Lacuadra, José Biderbos y Luis Paredes. La disposición es respecto del fallo de la Sala Nº 1 de la Cámara de Casación Penal que “en consecuencia, se anula, declarándose mal admitido el recurso de casación deducido por el Ministerio Público Fiscal”. A la vez, el fallo del STJ dispone “reenviar las actuaciones “ a la sala en cuestión para que “se pronuncie acerca de los recursos de casación” publicó Análisis.

La causa se inició luego del acuartelamiento de los uniformados en la Jefatura Departamental de Concordia en diciembre de 2013, en reclamo de mejoras salariales. En un primer momento, el gobierno provincial, entonces a cargo de Sergio Urribarri, se comprometió a no iniciar actuaciones administrativas ni sancionar a los agentes participantes de la protesta. Incluso, el ex mandatario, el arzobispo de Concordia Luis Collauzol y los policías acuartelados firmaron un acta compromiso en ese sentido. No obstante, el procurador general del STJ, Jorge García, dispuso la apertura de una investigación por el delito de sedición.

 

El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia- compuesto por Silvina Gallo, Jorge Barbagelata y Darío Perroud- condenó a 17 policías considerados cabecillas del levantamiento a penas de entre tres y cuatro años de prisión. La condena fue por el delito de sedición agravada. Los uniformados, en tanto, fueron absueltos de delitos tales como instigación y privación ilegítima de la libertad, de los que también habían sido imputados en una primera etapa, lo que motivó una apelación por parte del Ministerio Público Fiscal en reclamo de la incorporación de esas figuras. Las defensas, por su parte, pidieron la absolución de los acusados.

La Cámara de Casación Penal hizo lugar en mayo de 2016 al requerimiento fiscal y complicó la situación de los policías, a quienes penó por sedición en concurso ideal con privación ilegítima de la libertad. En ese punto, los defensores interpusieron un recurso extraordinario ante el STJ, que ahora resultó favorable a los acusados y las condenas serán revisadas.

 

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