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Fumigaciones: no habría cambios relevantes al proyecto oficial

Entre Ríos sigue sin legislación adecuada que ponga coto al uso de agroquímicos. Tras el fracaso del debate de una “ley de fitosanitarios”, Bordet anunció un nuevo intento. En principio el nuevo borrador no sería muy distinto del Manual de Buenas Prácticas que no alcanzó a debatirse hace un año.

 

En el Ministerio de la Producción no hay aún a disposición una nueva propuesta de regulación de las fumigaciones en Entre Ríos. Lo previsto es que se vuelva a intentar el debate con un texto que el año pasado se empantanó, apenas tuvo su ingreso en el Senado. Tanto que no alcanzó a tener formal rango de proyecto de ley, publicó Página Política.

El gobernador Gustavo Bordet volvió a poner el foco en un tema que es, a la vez, urgente y eternamente desplazado de las prioridades en la agenda política. Esto es así aun cuando el movimiento ecologista sostenga su reclamo de frenar las fumigaciones en una provincia en la que nadie seriamente discute ya que es una de las zonas más afectadas por el uso de agroquímicos.

“Quiero insistir con que la provincia debe contar con una ley que proteja la salud de las personas y que permita a su vez al productor llevar adelante tareas de manera responsable sin que genere perjuicio. La regulación de los agroquímicos es una materia que está pendiente en Entre Ríos”, dijo el mandatario provincial en la apertura de sesiones ordinarias.

Lamentó Bordet que un año atrás había expresado la misma voluntad pero que no prosperaron los consensos para arribar a una ley. Seguidamente, anunció la presentación de un nuevo proyecto que aún no se conoce pero que reiteraría los puntos centrales del texto del año pasado.

Recordó que ante la emergencia dictó el Decreto Nº 2239, para atender la situación de las severas fumigaciones en torno a las escuelas rurales, no contempladas por la normativa vigente. El decreto en cuestión fue judicializado por el sindicato docente Agmer y por el Foro Ecologista sin que esa situación suspendiera su vigencia. Tras varias idas y vueltas, el expediente fue llevado a la Corte Suprema de Justicia y la organización ambientalista espera sentencia para mediados de año.

Mientras, la ley vigente es una norma de tiempos de la dictadura, más un par de resoluciones, Nº 49 y Nº 47 de la Dirección de Agricultura del Ministerio de la Producción, recordó Aldana Sasia, abogada del Foro.

 

Con productores y empresas

La decisión de probar nuevamente con el mismo proyecto es que refleja los acuerdos alcanzados entre el gobierno y una de las partes interesadas en el tema, las organizaciones vinculadas a la producción agropecuaria a lo que se suman actores claves de la vida económica entrerriana. En cambio, las disonancias se plantearon con el movimiento ecologista que no participó del debate ni de la redacción del proyecto.

La propuesta se presentó en abril del año pasado como Manual de Buenas Prácticas en la Utilización de Fitosanitarios. Se redactó con el formato de 90 artículos y fue consensuada entre funcionarios, técnicos y profesionales del Ministerio de la Producción y representantes de más de 30 organizaciones que integran la denominada Mesa de Buenas Prácticas Agropecuarias.

Allí están, además de las cuatro entidades que integran la Mesa de Enlace, instituciones de formación como la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la UNER y la Universidad de Concepción del Uruguay (UCU); colegios profesionales como el de Agronomía y de Veterinarios; y las principales organizaciones de la economía entrerriana como el Centro de Acopiadores de Granos, la Bolsa de Comercio, la Unión Industrial, el Consejo Empresario, la Federación Económica de Entre Ríos, la Federación del Citrus de Entre Ríos, la Cámara de Productores Porcinos de Entre Ríos, la Asociación de Productores en Siembra Directa, los Consorcios Regionales de Experimentación Agropecuaria.

El diputado Esteban Vitor (PRO- Juntos por Entre Ríos) tampoco logró dar con un nuevo proyecto. Estimó de todos modos que “no va a ser muy distinto al del año pasado” en función de los acuerdos alcanzados con los sectores empresarios. “Eran alrededor de 90 artículos respecto de los cuales en la mayoría había consenso. El gran tema es el de las distancias en las que se autoriza la fumigación. Ahí surgen las complicaciones para ponerse de acuerdo”, reconoció las dificultades en diálogo con Página Política.

Ante el debate que se avecina,  la dirigencia ruralista adelantó la posición en favor de que se trabaje en base al manual presentado el año pasado.  En Dos Florines, defendieron los consensos alcanzados entre las organizaciones y representantes del gobierno provincial. Pero pidieron celeridad en el tratamiento y observaron algunos puntos como que se duplique la franja de prohibición desde una zona natural, sea arroyo o laguna. La Mesa de Enlace entiende que no es necesaria tal cláusula en protección de esos recursos, en función de que el reclamo social se circunscribiría a la protección de los zonas pobladas.

Zonas

Aquel manual que se reflotaría ahora planteaba la necesidad de “una correcta y racional utilización de productos fitosanitarios y domisanitarios que aseguren la calidad e inocuidad de los alimentos y materias primas tanto de origen vegetal como animal, como asimismo, la seguridad alimentaria y el desarrollo sostenible de la producción”.

Un Capítulo XIII fijaba “las aplicaciones y sus áreas”, el punto más complejo para lograr acuerdos y el más relevante en términos de interés social: dónde se puede fumigar y dónde no.

Definía “zonas de exclusión”, con restricción absoluta; “zonas de amortiguamiento”, donde sólo se pueden usar determinados agroquímicos de manera condicionada; y “zonas de libre aplicación”, sin restricciones.

Las distancias se miden en relación a “áreas sensibles” como son “viviendas, establecimientos educativos o recreativos, salas sanitarias, puestos policiales, cursos naturales y reservorios de agua, áreas naturales o reservas, granjas avícolas y apiarios”.

Se prohíbe la aplicación con equipo manual desde el límite de áreas sensibles hasta un radio de 10 metros. Para aplicaciones de forma terrestre la distancia de exclusión es de 100 metros. Se prohíbe la aplicación aérea en la distancia de 200 metros para la fumigación aérea.

Se ubica a la “zona amortiguamiento” desde el límite de la zona de exclusión hasta 30 metros para aplicaciones con equipos de accionamiento manual; desde el límite de la zona de exclusión hasta 300 metros para aplicaciones terrestres; y desde el límite de la zona hasta 600 metros para aplicaciones áreas. En esas zonas se pueden utilizar fitosanitarios de categorías toxicológicas III y IV (de banda azul y verde).

Son zonas de libre aplicación, a 30 metros de áreas sensibles para aplicaciones con equipos de accionamiento manual; 300 metros desde áreas sensibles para aplicaciones terrestres; y 600 metros desde áreas sensibles para aplicaciones aéreas.

Se contemplaba particularmente el caso de las escuelas rurales, hoy solo amparadas por el decreto. Las distancias consignadas debían medirse desde 150 metros de los establecimiento educativos.

 

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