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Recordaron algunas restricciones vigentes en el día electoral

¿Dónde se extenderán certificados por la NO emisión de sufragio?, ¿qué se puede y no se puede hacer ese día?

Nota relacionada: Una guía para saber quiénes son los precandidatos a Intendentes uruguayenses

La Jefatura de Policía Departamental Uruguay, hace saber a la comunidad, algunos detalles a tener en cuenta para estas elecciones a llevarse a cabo el próximo 13 de agosto de 2023.

¿Dónde se extenderán certificados por la NO emisión de sufragio?

Desde el inicio al cierre de los comicios -8 a 18-, se extenderán los certificados en los lugares que a continuación se detallan:

Jefatura Departamental Uruguay.-
Domicilio: San Martin Nº 713.-

Comisaria Primera.-
Domicilio: Boulevard Díaz Vélez Nº 630.-

Comisaria Segunda.-
Domicilio: Boulevard Sansoni Nº 2191.-

Comisaria Tercera:
Domicilio: Agustín Magaldi Nº 76.-

Comisaria Cuarta:
Domicilio: Sarmiento y Despertar del Obrero.-

Así mismo se encuentran habilitadas para dicho fin todas las dependencias policiales del interior del departamento Uruguay.-

Motivos por el cual se extienden los certificados:

• Por encontrarse a más de quinientos kilómetros del lugar donde deban votar.-
• Por razones de salud justificadas con certificado médico.-
• Por no coincidir los datos personales en el padrón electoral.-
• Por no figurar en el padrón electoral.-
• Por no poseer el documento nacional de identidad.-

En el mismo sentido se le recuerda a la población las prohibiciones a tener en cuenta establecidas en Ley Nº 19.945, Artículo Nº 71:

• Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasada tres horas de ser clausurado.
• La venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas, desde doce horas antes y hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.
• Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
• A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, hasta tres horas después de finalizada.
• La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos.
• Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicios y hasta tres horas después de su cierre.

 

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