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Imagen del momento que es retirado del Juzgado Federal de La Histórica. (Foto: Archivo de Valentín Bisogni de El Miércoles Digital. Diciembre de 2013).
JUICIO POR LESA HUMANIDAD

Confirman la condena a Mazzaferri

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena del represor José Darío Mazzaferri por secuestros y torturas cometidas durante la última dictadura cívico-militar en la sede de la Policía Federal de Concepción del Uruguay. Pero con una salvedad: el tribunal, por mayoría, lo exculpó del allanamiento ilegal del domicilio de una de las víctimas e instó al tribunal oral a readecuar el monto de la pena.

 

Por JUAN CRUZ VARELA de la Redacción de PÁGINA JUDICIAL

Foto de portada: Archivo de EL MIÉRCOLES DIGITAL

 

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Durante la dictadura, Mazzaferri era el jefe de la denominada “oficina técnica”, el área de inteligencia de la Policía Federal de Concepción del Uruguay: comandaba los procedimientos de secuestros de personas –a veces lo hacía en su automóvil particular–, conducía los interrogatorios, aplicaba la picana eléctrica en los cuerpos de los detenidos y adiestraba a los otros integrantes de la patota sobre cómo hacerlo.

Por esos hechos fue condenado a veinte años de prisión y permanece detenido ya que hace unos meses le rechazaron el arresto domiciliario, en medio de la pandemia por el coronavirus (COVID-19). Entonces, su abogado había invocado la Convención Interamericana de Protección de los Derechos de las Personas Mayores.

Pero esas historias reconocen su inicio en una denuncia que se presentó en 2006, cuando Mazzaferri era un influyente comisario general de la Policía Federal y detentaba el cargo de Superintendente de Planificación y Desarrollo de la fuerza.

Aquella denuncia presentada por el docente Cesar Manuel Román identificaba a un tal Masaferro como uno de los integrantes de la patota que en julio de 1976, durante el receso escolar de invierno, secuestró y torturó a estudiantes secundarios y militantes de la Juventud Peronista en la delegación de la Policía Federal de Concepción del Uruguay.

Mazzaferri, a la derecha, escuchó la sentencia. Antes había hecho su última declaración. (Foto: Valentín Bisogni de El Miércoles Digital).

Los jóvenes fueron detenidos ilegalmente, trasladados a la delegación de la Policía Federal y sometidos a una brutal tortura física y psicológica para conocer el destino de un mimeógrafo que habrían utilizado para la confección de panfletos que denunciaban la represión ilegal de la dictadura.

Aquella denuncia lo tuvo 1.672 días prófugo de la justicia y terminó con su condena a veinte años de prisión por el allanamiento ilegal del domicilio de dos personas y por la privación ilegítima de la libertad e imposición de tormentos de César Román, Juan Carlos Rodríguez, Roque Minatta, Juan Carlos Romero, Carlos Martínez Paiva, Carlos Valente, Hugo Angerosa y Jorge Felguer, entre los meses de julio, agosto y septiembre de 1976; y como integrante de una asociación ilícita, junto con otros integrantes de la Policía Federal, en el marco de un plan sistemático de persecución y exterminio de militantes políticos.

Ahora la Cámara Federal de Casación Penal confirmó esa condena.

Pero hubo un contrapunto: los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Antonio Petrone le concedieron a Mazzaferri el beneficio de la duda y lo absolvieron por el allanamiento ilegal del domicilio de Román.

El juez Barroetaveña, en un voto al que adhirió Petrone, consideró que “de las constancias de la causa y lo declarado por la propia víctima no surge que Mazzaferri haya ingresado a la vivienda” que habitaba Román en aquellos años con su madre.

El magistrado repasó el testimonio de Román y dijo que la víctima identificó a Mazzaferri entre sus torturadores, contó que le “martilló en reiteradas ocasiones el arma reglamentaria en la cabeza”, que le propinó “golpes de puño y patadas en el torso, estómago, genitales, brazos y piernas” y lo obligó a presenciar cuando torturaban a Martínez Paiva con picana eléctrica.

Sin embargo, dijo el juez, “en ningún pasaje del allanamiento de su domicilio, de su detención o traslado hasta el lugar de cautiverio mencionó la presencia de Mazzaferri –quien también se hacía llamar Mazzaferro–, a quien ubica recién en la delegación, indicándolo como integrante del grupo que lo interrogó y lo sometió a torturas durante toda la semana siguiente a su secuestro”.

La jueza Figueroa, en cambio, hizo una interpretación distinta de las declaraciones que dio de César Román durante el proceso y dijo que en ellas “no solo relata el allanamiento ilegal sufrido, la privación ilegal de la libertad, sino que también narró con detalles y sumo realismo la aplicación de tormentos que sufrió en su cuerpo, señalando sin margen para la duda a Mazzaferri como el autor del accionar delictuoso”.

También se apoyó en lo manifestado por el fiscal José Ignacio Candioti en su alegato cuando dijo que “Mazzaferri participó personalmente en los allanamientos ilegales de los domicilios de Cesar Román, Martínez Paiva y Romero, los cuales se efectuaron sin orden judicial alguna y sin razones valederas para proceder de esa manera” y “respecto a los casos de César Román, Martínez Paiva y Romero, existió un allanamiento ilegal de domicilio”.

No obstante, Figueroa consideró que tampoco cabría revisar la pena que el tribunal oral le impuso a Mazzaferri, independientemente de su participación o no en el allanamiento ilegal del domicilio de Román. Es que la magistrada advierte que los hechos deben ser analizados en forma integral y “resulta elocuente la descripción de los comportamientos endilgados a Mazzaferri (…) y que dan cuenta del grado de violencia que ejerció sobre sus víctimas”.

“En ese contexto, frente a la cantidad y gravedad de los hechos de privación ilegítima de la libertad e imposición de tormentos atribuidos a Mazzaferri, así como las agravantes de la sanción que tienen directa vinculación con ellos, y el delito de asociación ilícita por el que también fuera condenado, no se advierte qué incidencia concreta en la pena impuesta pueden tener los dos hechos de allanamiento ilegal de domicilio que también se le atribuyen”, concluyó Figueroa en su voto que finalmente fue en minoría.

En conclusión, el tribunal ad-hoc integrado por los jueces Beatriz Caballero de Barabani, Jorge Sebastián Gallino y Otmar Paulucci –que en 2017 condenaron a Mazzaferri– deberán dictar una nueva resolución, que podría modificar el monto de la pena, teniendo en cuenta la absolución por el allanamiento ilegal del domicilio de Román.

 

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